• TITULO III: FUNCIONES GENERALES, FACULTADES Y ATRIBUCIONESDEL ORGANO DE DIRECCION

    ARTICULO 6º.- La Dirección Regional de Agricultura, es un Órgano Desconcentrado de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional, con una dependencia Técnica y Normativa con el Ministerio de Agricultura, y Funcional con la Gerencia Regional de Recursos Naturales. Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil, responsables de ejecutar, orientar, supervisar y evaluar las Políticas Regionales en concordancia con las Políticas Nacionales Sectoriales, y constituye la instancia principal de coordinación a nivel Regional de las actividades del Ministerio de Agricultura, sus Proyectos y de los Organismos Públicos Descentralizados. Sus funciones principales son las siguientes:

    a) Formular aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas de la Región en materia agraria en concordancia con las Políticas Nacionales y los Planes Sectoriales y las propuestas promocionarles de desarrollo rural de parte de las municipalidades distritales.
    b) Administrar y supervisar la gestión de actividades y servicios agropecuarios, en armonía con la política y normas de los sectores correspondientes y las potencialidades regionales.
    c) Participar en la gestión sostenible del recurso hídrico en el marco de las entidades de las cuencas y las políticas de autoridad nacional de aguas.
    d) Promover la transformación, comercialización, exportación y consumo de productos naturales e industriales de la Región.
    e) Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdicción.
    f) Formular estudios de Pre-Inversión en base al Plan de Desarrollo Concertado y en coordinación con la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.
    g) Promover y ejecutar proyectos y obras de irrigación, mejoramiento de riego, manejo adecuado y conservación de los recursos hídricos y de suelos.
    h) Supervisar y administrar el servicio de información agraria en la Región, la cual podrá contar con una red de información provincial y distrital, la cual operará en armonía con el Sistema Nacional de Información Agraria.
    i) Promover la provisión de recursos financieros privados a las empresas y organizaciones de la Región, con énfasis en las micro, pequeñas y medianas empresas y las unidades productivas orientadas a la exportación.
    j) Planificar, promover y concertar con el sector privado, la elaboración de planes y proyectos de desarrollo agrario e industrial.
    k) Planear, supervisar y controlar en coordinación con el Gobierno Nacional la mejora de los servicios de comercialización agropecuaria, del desarrollo de cultivos y de crianzas y de ganadería.
    l) Promover y prestar servicios de asistencia técnica en sanidad agropecuaria, de acuerdo a las políticas y programas establecidos por la autoridad nacional de sanidad agraria.
    m) Fomentar los sistemas de protección de biodiversidad y germoplasma.
    n) Fomentar la investigación y transferencia de tecnología y extensión agropecuaria.
    o) Promover, gestionar y administrar el proceso de saneamiento físico-legal de la propiedad agraria, con la participación de actores involucrados, acautelando el carácter imprescriptible, inalienable e inembargable de las tierras de las comunidades campesinas y nativas.
    p) Promover políticas para generar una cultura de seguridad alimentaría.
    q) Promover, asesorar y supervisar el desarrollo, conservación, manejo, mejoramiento y aprovechamiento de cultivos nativos, y especies de ganadería regional.
    r) Otorgar permisos, autorizaciones y concesiones forestales, en áreas al interior de la Región, así como ejercer labores de promoción y fiscalización en estricto cumplimiento de la política forestal nacional.

ANTERIOR / SIGUIENTE